*El Congreso de Guerrero aprobó reformas de cara al proceso electoral 2020-2021 que inicia en septiembre
LUIS JIJÓN LEÓN/BP
CHILPANCINGO, GRO.
El Congreso local aprobó diversas reformas a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero, una de ellas, permite a los diputados locales e integrante del Cabildo (alcaldes, regidores, síndicos) reelegirse sin pedir licencia al cargo, medida que aplicará en el próximo proceso electoral.
Las reformas en materia fueron aprobadas en la sesión de este miércoles de cara al proceso electoral 2020-2021 que inicia en septiembre.
Al presentar el dictamen con relación a la reelección, la Comisión de Justicia indicó que la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Federal Electoral, retomando los criterios de la Sala Superior, sostuvo que la figura de la reelección supone continuidad en el desempeño del cargo, por lo que la permanencia no implica en automático una inobservancia de las reglas aplicables que resulten inequidad en la contienda.
De esta manera el órgano Jurisdiccional Electoral Federal “sostuvo que la exigencia de la separación del cargo era inconstitucional”.
La reforma establece que en el caso de los diputados que busque su reelección, deberán cumplir con las obligaciones inherentes a su cargo y no podrá participar en actos proselitistas durante el horario que funcione el Congreso, ni durante las sesiones del pleno.
Se aplicarán las mismas restricciones acorde a sus responsabilidades a los integrantes del Cabildo que busquen reelegirse.
La postulación sólo procederá por el mismo partido o por cualquiera de los integrantes de la coalición que los huya postulado, salvo que renuncien o pierdan su militancia antes de la mitad de su mandato.
En cuanto a la flexibilización de requisitos de elegibilidad, la modificación consiste en otorgar el derecho de postularse a un cargo de elección popular sin necesidad de separarse del cargo a aquellos servidores públicos que no tengan funciones de dirección, fiscalización, supervisión o manejo de recursos públicos, ni lleven a cabo la ejecución de programas gubernamentales.
Otra de las reformas establece la integración igualitaria de hombres y mujeres en el Congreso local y los ayuntamientos.
Atendiendo la recomendación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), que pidió al Congreso local considerar dentro de la normatividad el establecimiento de requisitos mínimos de honorabilidad, capacidad, origen de los recursos y experiencia política, se impone la exigencia de no estar inhabilitado para ocupar un cargo público por resolución ejecutoriada emitida por autoridad competente.
Asimismo, se establece la obligación de los partidos políticos para que destinen un cinco por ciento de su financiamiento público ordinario a la capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político de los jóvenes.
Con estas modificaciones también se busca dotar de plenitud de derechos a los jóvenes de 25 años, al permitírseles ser electos para el cargo de consejeros distritales.
Los diputados aprobaron también prorrogar la elección del diputado migrante o binacional hasta el año 2024, con el objetivo de que se lleve a cabo la armonización de la norma secundaría respecto a la elección de manera directa.