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Improcedente reclamo de nombramiento de Coordinador en el Concejo de Ayutla: TEE

*El reclamo fue presentado por Ysabel de los Santos, quien pelea la coordinación que ostenta Gregorio Morales Ramírez

ÁNGEL GALEANA/RÉPLICA
CHILPANCINGO, GRO.

El Tribunal Electoral del Estado declaró improcedente el incidente de cumplimiento de sentencia que interpusieron quienes se ostentan como coordinadores del Concejo Municipal de Ayutla, encabezados por Ysabel de los Santos Morales, quien pelea por la primera coordinación del Consejo que tiene Gregorio Morales Ramírez.

El proyecto presentado por la magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz fue aprobado por unanimidad en la sesión realizada el mediodía de este martes, pues se determinó que los «incidentistas» no forman parte del juicio principal que resolvió el Tribunal el pasado 10 de noviembre, y tampoco «obra en autos

que hayan comparecido al mismo como terceros interesados a deducir algún derecho incompatible con el que hiciera valer la parte actora».

Los promoventes son Ysabel de los Santos Morales,

Epifania González Guadalupe, Roberta Castro de los Santos, Carmela Santiago Constancio, Carmela Laureano Cirenia, Aurelio Cornelio González, Bernardino de los Santos Ramírez, Bonifacio Carpio Marcelino, Andrés Amado Luciano, Delfino Julio Santiago, Crescencia Tiburcio Marcos, Rosa Arnulfo Cantú y Leidy Calixto Neri, quienes se ostentan como Coordinadoras

y Coordinadores del Consejo Municipal Comunitario de Ayutla.

Los inconformes demandaron que deben emitirse a su favor los

nombramientos correspondientes como integrantes del Consejo Municipal Comunitario de Ayutla así como la protesta constitucional y la instalación de los poderes municipales, tras la resolución que emitió el Tribunal el 10 de noviembre, en la que validó los resultados de una asamblea municipal comunitaria realizada el 26 de septiembre.

En dicha asamblea los pobladores analizaron, discutieron y decidieron la revocación de José Gregorio Morales Ramírez como Coordinador Propietario del pueblo tu´ un savi, del Concejo Municipal Comunitario de Ayutla y la designación del sustituto, que fue Ysabel de los Santos Morales.

Sin embargo, en el proyecto de la magistrada Alma Delia Eugenio se establece que los medios de impugnación serán improcedentes «cuando se pretenda impugnar actos, acuerdos, resoluciones u

omisiones que no afecten el interés jurídico o legítimo del actor».

En ese sentido, se establece que los demandantes no forman parte del juicio principal y, por tanto, no tiene legitimidad para reclamar el incidente de cumplimiento de sentencia con el que pretendían tener nombramientos como coordinadores del Concejo de Ayutla.

Cabe recordar que el mismo 10 de noviembre, cuando el Tribunal resolvió la validación de la asamblea realizada el 26 de septiembre, se realizó una nueva asamblea en la que fue restituido Gregorio Morales, la cual validó el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana, por lo que le entregó la constancia de mayoría.

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