Congreso prepara reconocimiento a Policía Comunitaria

*Preparan diputados reforma al Artículo 14 de la Constitución, impugnado por la CRAC-PC

*Con el dictamen que se presentará este martes, el Congreso responde a sentencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación

*“El Estado reconoce las acciones de seguridad pública para la prevención del delito, que implementen los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas o sus integrantes dentro de sus comunidades”, señala la propuesta

ROGELIO AGUSTÍN/SNI
CHILPANCINGO, GRO.

La Comisión de Estudios Constitucionales y Jurídicos del Congreso local, tiene listo el dictamen que integra la reforma al Artículo 14 de la Constitución Política del Estado, que reconoce la existencia de autoridades comunitarias en los pueblos originarios y afrodescendientes de Guerrero.

La jornada del lunes 23 de mayo, los integrantes de la comisión de referencia sesionaron en las instalaciones del Congreso local, logrando afianzar el texto que será presentado este martes 24 ante el Pleno.

Dicho dictamen estuvo a punto de pasar al Pleno la semana pasada; sin embargo, por falta de consenso entre sus integrantes tuvo que salir de la Orden del Día correspondiente.

La Comisión Dictaminadora está presidida por la diputada por Morena, Leticia Castro Ortiz; el secretario es Bernardo Ortega Jiménez, del PRD, en tanto que la priísta Julieta Fernández del PRI, junto con los morenistas Joaquín Badillo y Jacinto González aparecen como vocales.

En 2012, el Artículo 14 de la Constitución Política del Estado de Guerrero reconocía la existencia de la Policía Comunitaria, teniendo como referente el sistema de seguridad y justicia que surgió en San Luis Acatlán a finales de 1995, el cual rápidamente se extendió hacia varios municipios de la Costa Chica, Montaña y la región Centro.

Sin embargo, con el surgimiento de la autodefensa que representa la Unión de Pueblos y Organizaciones del Estado de Guerrero (UPOEG), así como grupos que pretendieron incorporarse a la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias (CRAC) en los municipios de Tixtla, Huamuxtitlán y Olinalá, entre otros, llamó la atención del Gobierno estatal y de la Federación, porque no cumplían con los lineamientos planteados en el reglamento de dicho sistema de seguridad, que funciona exclusivamente en los pueblos originarios.

En 2018 se modificó el Artículo 14 de la Constitución Política, con la intención de frenar la expansión de grupos de civiles armados que surgieron en la región Norte, Centro, Montaña baja, la Tierra Caliente y Sierra, mismos que fueron calificados por el ex gobernador, Héctor Astudillo Flores, como grupos de civiles armados que se encontraban muy distantes de ser auténticas policías comunitarias.

Sin embargo, al suprimir la existencia de las policías comunitarias en el texto constitucional, se generó inconformidad en las cinco Casas de Justicia de la CRAC, que recurrieron a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) para impugnar dicha reforma constitucional, porque deja a sus integrantes fuera del marco legal y en consecuencia, expuestos a que se les criminalice por la portación de armas de fuego y privación de la libertad, cuando realizan la detención de personas que han cometido delitos en sus zonas de influencia.

Actualmente, hay más de 60 órdenes de aprehensión libradas en contra de integrantes de la CRAC, por el hecho de que en 2018 quedaron fuera del marco legal, pese a que ya la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) les ha otorgado la razón, a partir del juicio de inconstitucionalidad que promovieron a través de la CNDH.

El texto

Este martes, la Comisión de Estudios Constitucionales presentará una iniciativa que contiene el siguiente texto en el Artículo 14 de la Constitución Política del Estado:

“El estado reconoce las acciones de seguridad pública para la prevención del delito, que implementen los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas o sus integrantes dentro de sus comunidades, de acuerdo con sus sistemas normativos internos, respetando las garantías individuales, los derechos humanos y, de manera relevante, la dignidad e integridad de las niñas, niños y mujeres. La implementación y seguimiento de la prevención de delitos e infracciones se dará por la conducta de sus autoridades, integradas por los miembros de cada comunidad, garantizando la participación de la mujer en igualdad de condiciones, en estricta cooperación con las autoridades de los tres órdenes de gobierno para alcanzar los fines que persigue la seguridad pública del Estado”.

Cierra: “El Código Nacional de Procedimientos Penales y la Ley reglamentaria delimitarán la esfera de competencia de las acciones de seguridad comunitaria indígena y Afromexicana, esta última establecerá los mecanismos de vinculación y cooperación que existan con los órganos correspondientes de los poderes Ejecutivo y judicial en el tratamiento de asuntos propios de la función que desempeñen”.

La propuesta de dictamen tiene seis artículos transitorios y en el tercero, se ordena que se notifique a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que se ha cumplido lo contenido en la sentencia correspondiente al juicio de inconstitucionalidad 78/2018.