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Dan carpetazo a la Casa Blanca de Peña Nieto y Angélica Rivera; juez perdona sanciones

*La magistrada Porras Odriozola desechó todos y cada uno de los argumentos y determinó conceder a los imputados lo que se denomina un mecanismo alterno de solución y una suspensión condicional del proceso penal

EL FINANCIERO
CIUDAD DE MÉXICO

El caso de la Casa Blanca, en el que se implicó al ex presidente Enrique Peña Nieto, su ex esposa, Angélica Rivera y a la empresa Higa, se cerrará sin sanción penal para nadie.

Y es que, en acato a una decisión de una magistrada federal, un Juez de Control del Reclusorio Norte, concedió el mecanismo alterno de solución y suspensión condicional del proceso penal a tres personas implicadas en el caso.

Se trata de José Gabriel Carreño Camacho, Jesús Antonio Suárez, y Daniel Pérez Rueda, todos ex empleados de la Secretaría de la Función Pública (SFP), señalados como responsables de extraviar el expediente original y pruebas del caso.

A cambio del castigo penal, que podría incluir su encarcelamiento, dichas personas fueron sancionadas únicamente con realizar trabajo social a favor de la comunidad y ofrecer disculpa pública por no resguardar el expediente y, en su lugar, dejar una versión pública testada que de nada sirve para imputar a más personas por este presunto caso de corrupción.

Autoridades federales confirmaron que se trata de una decisión que deriva de la sentencia dictada el 22 de septiembre de 2021 por Isabel Cristina Porras Odriozola, titular del Tercer Tribunal Unitario en Materia Penal de la Ciudad de México.

En una revisión al expediente del caso, inscrito en la Toca Penal 206/2021, la magistrada Porras Odriozola justificó su decisión a la luz de la reforma Constitucional de 2018 al Sistema de Justicia Penal.

Detalló que dicho sistema es acusatorio y oral, y uno de sus objetivos es esclarecer los hechos, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune, que los daños causados se reparen y resolver el conflicto.

Agregó que el artículo 17, quinto párrafo, de la Constitución, dispuso que las leyes preverán “no como opción, sino como deber”, mecanismos alternativos de solución de controversias, como lo solicitaron los tres imputados.

La juzgadora precisó que conceder la suspensión condicional del proceso, no constituye sentencia que absuelva a los imputados, sino una pauta para que se les aplique uno de los sustitutivos de pena previstos en la ley.

Estimó, además, que “no existe una oposición fundada” por parte de la FGR y la SFP, dependencias que pidieron judicializar el caso en aras de imponer una sanción ejemplar y no permitir que el caso quede impune.

En sus alegatos, desestimados por la magistrada Porras Odriozola, la FGR y la SFP dijeron que su intención de judicializar el caso es “dar ejemplo de honestidad, transparencia y lealtad en el servicio público; de ahí que sancionar al culpable podría ser útil para que ese tipo de conductas no ocurran más”.

Agregaron que se debía sancionar con pena de prisión a los indiciados, porque “el agravio causado lo resintió directamente la sociedad por el tipo de asunto materia de investigación, pues el expediente extraviado es de trascendencia nacional”.

Igualmente alegaron el “derecho a la verdad” para que la sociedad conozca lo que ocurrió con la llamada Casa Blanca, y de esa forma se establezca la responsabilidad penal a todos los responsables.

Dijeron que la reparación del daño no es cuantificable, por la posible afectación en la memoria institucional del país, que únicamente podría subsanarse al reintegrar el expediente original, pues de otra forma no es factible conocer a plenitud su contenido.

Sin embargo, la magistrada Porras Odriozola desechó todos y cada uno de los argumentos y determinó conceder a los imputados lo que se denomina un mecanismo alterno de solución y una suspensión condicional del proceso penal.

El efecto de la sentencia de la magistrada Porras Odriozola fue que un Juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio en la Ciudad de México, con sede en el Reclusorio Norte, conceda el beneficio procesal a los imputados, lo cual ocurrió el 26 de mayo pasado.

El caso de la Casa Blanca se destapó el 2014 mediante una investigación periodística y, en síntesis, refiere un presunto acto de corrupción en la que se implicó a la empresa Higa, propiedad del empresario Juan Armando Hinojosa Cantú.

Según la revelación, dicha empresa era dueña de una residencia valuada en su momento en siete millones de dólares, ubicada en la exclusiva zona de Lomas de Chapultepec, que la esposa de Peña Nieto, la actriz Angélica Rivera, dijo en una entrevista que era su hogar como familia.

La investigación, hecha por Aristegui Noticias, puso sobre la mesa la relación del empresario Hinojosa Cantú con Enrique Peña e hizo énfasis en que Peña Nieto en sus administraciones, primero como gobernador del Estados de México y luego como Presidente, le dio al empresario millonarios contratos.

La empresa y Angélica Rivera negaron cualquier acto de corrupción y dijeron que la casa la vendió la empresa a la esposa del ahora ex presidente Peña Nieto.

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