*La Corte no tiene un plazo definido para resolver las impugnaciones; el fallo se podría dar en 1, 2 o más años, o podría ser más inmediato: Emiliano Lozano
MARCIAL CAMPUZANO
CHILPANCINGO, GRO.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación no está obligada a resolver en un plazo definido, la impugnación del Plan B de la reforma electoral que aprobó el Congreso de la Unión, que hace unos días fue declarada suspendida por un ministro, con lo que es del todo probable que el próximo proceso electoral federal inicie en septiembre y no en noviembre como lo propuso en la reforma el presidente Andrés Manuel López Obrador.
El ex magistrado electoral en Guerrero, Emiliano Lozano Cruz, informó que fueron 4 las leyes que el ministro Javier Laynez suspendió su entrada en vigor, hasta en tanto que el pleno de la Suprema Corte de Justicia determine si todas o sólo algunas serán declaradas como válidas.
Entre éstas se encuentran las reformas hechas a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales; la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; la Ley del Sistema de Medios de Impugnación; y la Ley General de Partidos Políticos, dijo. Aclaró que los ministros tienen la facultad de emitir ese tipo de suspensiones, como ha ocurrido con otras leyes aprobadas por el Congreso de la Unión.
El también ex presidente del Instituto Electoral del estado, consideró que no toda la reforma electoral será invalidada por los ministros de la Suprema Corte, porque hay temas que no atentan contra la Constitución Política. “Seguramente habrá una revisión ley por ley, artículo por artículo, capítulo por capítulo”.
Si bien la ley establece que no puede haber reformas electorales 90 días antes de que inicie un proceso electoral, Emiliano Lozano aclaró que la Corte no está obligada o no tiene término ni plazo para resolver en definitiva, puede hacerlo en lo inmediato, en 1, 2 o en 3 años “porque hay precedentes en ese sentido, como ocurre con la Ley de Seguridad Pública, la que corresponde a la participación de las fuerzas armadas en materia de seguridad pública, y hay leyes secundarias polémicas que siguen durmiendo el sueño de los justos en la Suprema Corte”.
Incluso, puede agotarse el próximo proceso electoral con las elecciones en junio de 2024 para presidente de la República, senadores y diputados federales, “y el asunto podría seguir sin ser resuelto y no pasará nada porque la suspensión que dictó el ministro de las leyes aprobadas por el Congreso de la Unión es por tiempo indefinido”.
Aclaró que el Poder Ejecutivo federal puede a través de la Consejería Jurídica, interponer un recurso de reclamación ante la Suprema Corte en contra de la decisión que tomó el ministro, “y ahí no sé qué vaya a pasar si se confirma o se revoca la suspensión”.
Aclaró que hay temas administrativos de la reforma electoral federal que sí podrían prosperar porque no forman parte de la Constitución Política del país.