Si Corte invalida plan B, estaría sustituyendo al Congreso de la Unión: Presidencia
*La consejería jurídica del mandatario federal defendió lo aprobado por Morena y sus aliados en el Congreso de la Unión
ISABEL GONZÁLEZ AGUIRRE
EXCÉLSIOR/CIUDAD DE MÉXICO
A unas horas de que se someta a escrutinio y discusión en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el llamado plan B en materia electoral, impulsado por el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, la consejería jurídica del mandatario federal defendió lo aprobado por Morena y sus aliados en el Congreso de la Unión.
Al tiempo, hizo un llamado al pleno de la Corte para que resuelvan con responsabilidad.
Se hace un llamado a las ministras y los ministros de la SCJN para que actúen con responsabilidad y privilegien la solución del verdadero conflicto constitucional de las normas impugnadas por encima de las formalidades de trámite a las que hace referencia el proyecto de sentencia» apuntó la postura.
Mediante un largo comunicado emitido este domingo, la consejería jurídica de la presidencia anticipó que, en caso de que el pleno de la Corte invalide la primera parte de los cambios a la ley, invadiría facultades y «se convertiría en el Congreso de la Unión».
La postura sentencia que «es falso» que no se haya dado cumplimiento a las formalidades del proceso legislativo, como señaló en su proyecto de sentencia el ministro Alberto Pérez Dayán.
Por el contrario, la representación jurídica de la presidencia afirma que Pérez Dayán en su propuesta de sentencia omite analizar diversos aspectos a partir de los cuales se puede acreditar que los legisladores actuaron dentro d e lo permitido por la Constitución.
Basta dar lectura a las versiones estenográficas de las sesiones de las cámaras de Diputados y Senadores, así como a las respectivas gacetas parlamentarias de los días 6 y 15 de diciembre de 2022, y 22 de febrero de 2023, para demostrar que, contrario a lo que se afirma en el proyecto de sentencia, no se afectó en forma alguna el principio de deliberación democrática y que se agotaron las etapas del proceso legislativo en el que participaron todos los grupos parlamentarios por conducto de sus legisladores» subrayó el boletín de prensa enviado a los medios de comunicación.
También se advierte que «al tratarse de un poder derivado, sin legitimación popular, la SCJN no debe restringir las atribuciones que la norma fundamental concede al Poder Legislativo para regular el trámite de elaboración de las normas, siempre y cuando sean resultado de la voluntad mayoritaria de los integrantes del Congreso de la Unión. De hacerlo, violará el principio de división de poderes y el equilibrio que debe existir entre estos».
Para la consejería jurídica lo que debe prevalecer es lo que señala el artículo 17 constitucional, «criterio que fue utilizado por la Corte al resolver el recurso de reclamación 66/2021, relacionado con la Ley de Hidrocarburos».
En ese caso, se recordó, el alto tribunal precisó que «los formalismos procedimentales no deben prevalecer sobre la resolución del fondo, por lo que se espera que sea congruente con dicho criterio al resolver la presente acción de inconstitucionalidad».
El proyecto de sentencia señala que el denominado plan B en materia electoral contiene varias irregularidades que no se ajustan a lo establecido en la constitución, por ejemplo, los cambios a la Ley General de Comunicación Social y a la Ley General de Responsabilidades Administrativas; de ahí que proponga su invalidación.