Icono del sitio El Faro de la Costa Chica

La Corte validó consulta que deroga reeducación en la CRAC

*Los magistrados por unanimidad reconocieron la corte validez de diversas disposiciones de la ley de reconocimiento, derechos y cultura de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas del estado de Guerrero

*La consulta cumplió en cuanto a sus fases con las etapas preconsultiva, informativa, de deliberación interna, de diálogo y de decisión, se determinó

*En relación con las características, y de acuerdo con los parámetros establecidos, resultó ser previa, libre, informada, culturalmente adecuada y de buena fe

REDACCIÓN
SAN LUIS ACATLÁN

Desde este pasado lunes 5 de junio de 2023, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, validó la consulta a pueblos indígenas en materia de seguridad y, por lo tanto, quedó firme la reforma correspondiente que elimina de la Ley 701 el sistema de reeducación   de la CRAC-PC así como la figura de “Policía Comunitaria”, la cual pasará a ser “Policía Indígena o Afromexicana”.

Trascendió anoche que las casas de justicia de la CRAC-PC se manifestarán este jueves en el Congreso local, en contra de esta decisión y para pelear el sistema de seguridad y reeducación que crearon desde 1995 y les fue reconocido al final del gobierno de Zeferino Torreblanca Galindo con la Ley 701.

Además, porque la reforma aprobada el año pasado y debidamente consultada los deja como una policía auxiliar del resto de las corporaciones de todos los niveles.

El caso

La SCJN determinó que como resultado del análisis de las impugnaciones formuladas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, reconoció la validez de los artículos 2, fracciones I y III, y 25 contenidos en el decreto 183 por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Ley número 701 de Reconocimiento, Derechos y Cultura de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas del Estado de Guerrero.

Esta consulta fue realizada a petición precisamente del máximo tribunal de justicia del país, por el Congreso local, aunque lo hizo de manera apresurada, cuando faltaba poco para el vencimiento del plazo.

El proceso


Y es que, como se recordará, la SCJN declaró inválida en 2020 las reformas estatales en materia de Derecho y Cultura Indígena que promovió el ex gobernador Héctor Astudillo Flores, debido a que por  tratarse de pueblos originarios no se les había consultado.

“No hubo una consulta previa, informada, de buena fe y culturalmente adecuada”, decretaron.

Tales reformas fueron enviadas por Astudillo al Congreso local; una el 30 de julio de 2018 al Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guerrero; y otra el 14 de agosto de ese mismo año para reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la Ley 701 de Reconocimiento, Derechos y Cultura de los Pueblos y Comunidades Indígenas.

Ambas fueron aprobadas el 17 de agosto de ese mismo año, pero fue la Comisión Nacional de Derechos Humanos la que intervino para impugnar esas reformas, e interpuso una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación que se pronunciara al respecto.

Fue hasta el 21 de abril de 2020 que se invalidaron ambas reformas, porque se violó el derecho a la consulta de los pueblos indígenas, pues aunque se realizaron foros, estos no sustituyen la consulta.

Además, estableció un plazo de 12 meses para que se subsanara ese error.

Este trabajo le tocó hacerlo a la actual Legislatura, aunque realmente el plazo comenzó a correr desde la anterior, también de mayoría morenista. Pero debido a que se atravesó el proceso electoral de 2021 y los conflictos internos en el Congreso, la consulta se realizó de última hora, incluso subsanando vacíos legales, porque en la Constitución local no existe la figura de “consulta” y tampoco se tienen recursos humanos y económicos para realizarlas, pues esa tarea la realizas.

La reacción de las organizaciones sociales de las zonas indígenas fue no participar y una vez que se aprobó la consulta, recurrieron nuevamente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a través de la CNDH, para una nueva revisión.

Validez

Esta vez, la Corte se avocó al estudio de la alegada vulneración al derecho a la consulta previa de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.

En primer término, estableció que, el referido decreto sí resultaba susceptible de afectar de forma directa a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas de la entidad, al referirse a sistemas normativos y costumbres relativos a la justicia indígena, por lo que existía la obligación de consultarles de manera previa a su emisión.

El Pleno consideró que el Congreso de Guerrero cumplió con las fases preconsultiva, informativa, de deliberación interna, de diálogo y de decisión de la consulta a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.

Además, determinó que la consulta realizada cumplió con las características de ser previa, libre, informada, culturalmente adecuada y de buena fe de conformidad con los parámetros que ha establecido.

Por lo anterior, el Pleno validó la totalidad del Decreto número 183 por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Ley número 701 de Reconocimiento, Derechos y Cultura de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas del Estado de Guerrero, publicado el 5 de julio de 2022.

Efectos

Las reformas autorizadas por diputados locales el 24 de mayo del año pasado en materia de seguridad y cultura indígena, eliminan de la Ley 701 el sistema de reeducación y la Policía Comunitaria, la cual será sustituida por la Policía Indígena o Afromexicana.

Además, esta policía se tendrá que subordinar al estatus de “policía auxiliar” del sistema de seguridad estatal, y a las corporaciones de los tres niveles de gobierno.

Salir de la versión móvil