Pese a Ley Olimpia, difunden video de estudiantes de secundaria
*Se trata de una pareja teniendo relaciones sexuales en Unidad Deportiva de Ometepec
* El video ha sido difundido por varios usuarios en grupos de WhatsApp
* Los menores pertenecen a la secundaria Técnica No. 50 “16 de Octubre”.
LUIS HERNÁNDEZ
OMETEPEC, GRO.
Pee a que la Ley Olimpia lo prohíbe, dos menores fueron grabados en video mientras sostenían relaciones sexuales orales en la Unidad Deportiva de Ometepec.
Ante esta situación, la directora dijo desconocer del caso y comentó que va a realizar las investigaciones correspondientes.
El video difundido en grupos de WhatsApp de Ometepec, previamente habría sido subido a la plataforma de TikTok para editarlo con un audio.
El video tiene una duración de 5 segundos y fue grabado dentro de la unidad deportiva Ángel Aguirre Rivero, justo a un costado de la cancha de basquetbol, en la cabecera municipal de Ometepec.
En la grabación se aprecian a dos jóvenes vestidos con el uniforme de la Secundaria Técnica No. 50 “16 de Octubre”, quienes están teniendo sexo oral y son sorprendidos, por la persona que graba el video, al mismo tiempo estos se espantan y el joven intenta cubrirle el rostro a la chica.
Ante esta situación, quien escribe la nota intentó consultar vía telefónica a Nadia Mendoza Rico, directora de la Secundaria Técnica No. 50 “16 de Octubre”; sin embargo, no pudo atender la llamada y a través de algunos mensajes, comentó que no estaba enterada pero dijo que se encargaría de investigar.
Ley Olimpia
Se trata de un conjunto de reformas legislativas que reconoce la violencia digital como un tipo de delito y se sanciona con multas económicas o penas de cárcel para quien viole la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales (ciber violencia).
Difundir, compilar, publicar, hacer visibles contenidos íntimos reales o alterados, videos, fotografías, imágenes sin el consentimiento de las personas (delitos contra la intimidad sexual). Incluso, la sexualización/cosificación a través de difusión o producción de videos o imágenes. Así como, el acoso o insultos relacionados a la difusión de imágenes, audios y videos de contenido íntimo sexual.
Por medios: digitales y de comunicación que atenten contra los derechos de las personas.
Datos importantes
• Quienes tienen y comparten videos de personas que no dan el consentimiento para ello, pueden ser cómplices.
• Esta ley que tipifica la violencia digital protege a las mujeres y sus cuerpos al castigar el delito de violación a la intimidad sexual – con agravante si es cometido por alguien con quien la víctima haya tenido una relación sentimental, afectiva o de confianza (se incrementa el doble o triple de pena) o exista alguna amenaza.
• En cada estado o cada tipo de violencia digital se sanciona de manera diferente, por ejemplo, en Nuevo León desde el 2019 se aprobó y actualmente se castiga con 8 años de cárcel.
• “9.4 millones de mujeres han sufrido ciberacoso, en el que el 55% de los agresores son hombres”.