Diputados aprueban reglas de reelección

*El pleno de la Cámara de Diputados aprobó las disposiciones a seguir para quienes aspiren a la reelección consecutiva en el proceso 2023-2024.

IVONNE MELGAR
EXCÉLSIOR

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó las disposiciones a seguir para quienes aspiren a la reelección consecutiva en el proceso 2023-2024.

Podrán separarse del cargo, pero quienes opten por continuar en la Cámara “deberán observar estrictamente las disposiciones legales y normativas dirigidas a preservar la equidad y la imparcialidad en las contiendas electorales”.

La inasistencia a las sesiones del pleno generará el descuento de la dieta por el día en que ocurra el ausentismo.

La comprobación y fiscalización de los apoyos económicos que se otorguen a los diputados que aspiren a reelegirse se regulará a través de la normatividad interna de la Cámara de Diputados.

Los lineamientos aplican para propietarios o suplentes que hayan entrado en funciones y que buscarán contender para el mismo cargo.

Podrán optar por la elección consecutiva por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que los hubiere postulado.

Pero también podrán hacerlo a través de una fórmula distinta a la de origen.

Y en el caso que hubieren renunciado al partido político que los postuló o hubieren perdido su militancia en éste antes de que se cumpliera la mitad del periodo para el que fueron electos, podrán contender para ser electos para el mismo cargo por un periodo consecutivo postulados por un partido distinto.

Para el caso de quienes fueron electos por un partido que perdió su registro, podrán ser postulados por cualquier partido político.

Si fueron postulados por una coalición, podrán ser abanderados de esta o de alguno de los institutos que la integran.

En los casos de aspirar a la reelección por un instituto político diferente por el que llegaron al Congreso “deberán comprobar la desvinculación al partido antes de la mitad de su mandato, conforme a las normas electorales y las normas internas de su partido”.

Los legisladores de mayoría relativa y de representación proporcional podrán contender por el distrito o circunscripción por el cual fueron electos.

Se adelantó que habrá disposiciones para que la difusión de las labores de su función legislativa ocurra, mientras sean candidatos, “de manera institucional, objetiva, neutral e imparcial, sin que dicha difusión pueda en ningún caso violentar las disposiciones electorales”.

La Cámara de Diputados, a través de sus órganos de gobierno, “con el auxilio de su unidad jurídica y con el debido respeto de sus respectivas autonomías”, realizará los convenios de colaboración con el Instituto Nacional Electoral, la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Se precisa que así habrá de formalizarse “la voluntad de entendimiento institucional para el cumplimiento y desarrollo de las funciones constitucionales y legales que les competen”.

El acuerdo prevé que se mantendrá actualizado un micrositio que contenga toda la información pública de los diputados que vayan por la elección consecutiva.