Plantean derechos para familia de pensionados desaparecidos
*Si un pensionado desaparece más de un mes de su domicilio, sus familiares podrán acceder a su pensión en tanto no aparezca, proponen diputados
BOLETÍN/GOB.EDO.
CHILPANCINGO, GRO.
El diputado Osbaldo Ríos Manrique propuso reformas a la Ley de Seguridad Social de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero para establecer que si un pensionado desaparece de su domicilio por más de un mes, los familiares con derecho a la transmisión de la pensión puedan disfrutar de la misma, con carácter provisional y previa solicitud respectiva, de manera inmediata, sin tener que esperar un año, como marca actualmente el ordenamiento.
En la propuesta que se turnó a la Comisión de Desarrollo Económico y Trabajo, el legislador expone que el propósito de esta iniciativa es armonizar el ordenamiento citado con las leyes del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, reduciendo el plazo de espera de un año a un mes para que los familiares o dependientes económicos de la persona desaparecida tengan acceso a su derecho de pensión, ante las necesidades económicas de la familia.
Destacó el legislador que a los servidores públicos de base en Guerrero se le han garantizado sus derechos en materia de seguridad social, jubilaciones, pensiones, indemnizaciones y prestaciones, para lo cual se creó un Sistema de Seguridad Social que los protege, así como a sus beneficiarios y a las próximas generaciones.
Detallló, además, que la seguridad social comprende cuestiones de salud del trabajador y su familia, así como la certeza de recibir una pensión al final de su vida productiva, que les permita vivir dignamente la vejez, con todas sus necesidades básicas cubiertas.
Sin embargo, Ríos Manrique refirió que en muchas ocasiones los trabajadores pensionados desaparecen de su domicilio y dejan en situación de insubsistencia a la familia o personas que dependen económicamente de él.
Por lo anteriormente citado, la iniciativa planteada pretende que los familiares o dependientes económicos del desaparecido no tengan que esperar el transcurso de todo un año para poder tener acceso al derecho de pensión, sino que sea después de un mes del reporte y una vez cubiertos los trámites correspondientes.