En puerta renuncias de funcionarios que vayan como candidatos
*Quienes sean candidatos a cargos de elección popular deberán renunciar a los cargos antes del 4 de marzo
MARCIAL CAMPUZANO
CHILPANCINGO, GRO.
El 4 de marzo vence el plazo para que se separen del cargo los titulares de las dependencias, entidades u organismos de la administración pública federal, estatal o municipal; las y los representantes populares federales, estatales o municipales; y las y los magistrados de los Tribunales Superior de Justicia y de Justicia Administrativa, en el caso de que participen como candidatos en el proceso electoral de ayuntamientos y diputados.
También deberán separarse del cargo si participan como candidatos a puestos de elección popular, las y los titulares de los órganos autónomos o con autonomía técnica; así como las y los servidores públicos que manejen recursos públicos o ejecuten programas gubernamentales.
La Ley Electoral del estado señala además que podrán participar en el actual proceso electoral sin separarse de su cargo, las y los representantes populares que participen bajo la modalidad de reelección, así como las y los servidores públicos que no tengan funciones de dirección, fiscalización, supervisión o manejo de recursos públicos, ni lleven a cabo la ejecución de programas gubernamentales, quienes en todo momento se apegarán a las disposiciones que la ley disponga en la materia.
Lo anterior forma parte de un aviso que aprobaron e hicieron público las autoridades electorales locales, con motivo del proceso electoral de ayuntamientos y diputados con elecciones programadas para el 2 de junio de este año.
El consejero electoral y presidente de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana Amadeo Guerrero, informó que la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero (LIPEG), señala que las y los servidores públicos por designación y por elección popular que desempeñen las funciones descritas, deberán separarse del cargo 90 días antes de la jornada electoral.
Considerando que los comicios para elegir con votos popular a los integrantes de los ayuntamientos y a los 46 diputados locales se llevarán a cabo el 2 de junio de este año, la fecha límite que tienen los servidores públicos para separarse de los cargos si participarán como candidatos a diputados, alcaldes, síndicos y regidores vence el 4 de marzo.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 46 de la Constitución Política del estado, y en el artículo 10 de la LIPEG, para ser candidato o candidata a diputado o diputada local por el principio de mayoría relativa o por el principio de representación proporcional; o para ser candidato o candidata a presidente municipal, síndico o regidores, los funcionarios deberán separarse del cargo 90 días antes de la jornada electoral, es decir antes del 4 de marzo.
En base a los tiempos electorales que establece la Ley Electoral del estado, podría haber en los próximos días cambios de funcionarios en el gabinete estatal y en los gobiernos municipales, para sustituir a quienes irán en busca de cargos de elección popular.