Cierran catedral Santiago Apóstol de Ometepec

* Alrededor de las 7:30 de la mañana fueron colocadas varias lonas y candados para exigir la permanencia de Miguel Angel Cortés Torreblanca como párroco de la iglesia

* En redes sociales señalaron que el movimiento es encabezado por el Consejo Parroquial de Ometepec

* Exponen 6 numerales del código de Derecho Canónico, que aseguran, se están violentando con la sustitución del párroco

LUIS HERNÁNDEZ
OMETEPEC, GRO.

La catedral Santiago Apóstol, ubicada en la cabecera municipal de Ometepec, amaneció este lunes 05 de agosto, cerrada y con varias lonas en la entrada, las cuales fueron colocadas por feligreses que exigen la permanencia del párroco, Miguel Ángel Cortés Torreblanca.

Alrededor de las 7:30 de la mañana, varios ciudadanos se concentraron en la catedral Santiago Apóstol, para colocar las lonas y candados con la finalidad de exigir la permanencia de Miguel Angel Cortés Torreblanca como párroco de la iglesia.

La toma de la catedral se realizó faltando un día para que se lleve a cabo la presentación de Pedro Torres García, quien será el nuevo párroco de la catedral Santiago Apóstol, esto según lo que designó el arzobispo, Leopoldo González González, en días pasados.

En la entrada de la catedral se pudieron leer varios textos, los cuales dicen: «LA TOMA DE LA PARROQUIA ES POR LA INJUSTICIA Y VIOLACIÓN AL CODIGO DE DERECHO CANÓNICO: 522, 524, 538 EN CONTRA DEL PADRE MIGUEL ANGEL CORTES TORREBLANCA».

Otra lona dice: «EXIGIMOS LA PERMANENCIA INDEFINIDA DE NUESTRO PÁRROCO EL PADRE MIGUEL ANGEL CORTÉS TORREBLANCA».

En una tercer lona se lee: «EL BUEN PASTOR ESCUCHA Y REÚNE A SUS OVEJAS ¡NO ACEPTAMOS DIVISIÓN! ¡NO DESTRUYA LA PAZ DE OMETEPEC!».

En el lugar no había nadie quien pudiera dar una declaración, pues sólo estaban las lonas y se desconocía con exactitud quiénes eran los responsables; sin embargo, en redes sociales señalaban directamente a Erika Quiroz y José Camacho de ser los responsables del cierre de la iglesia. Más tarde se aclaró que este movimiento era encabezado por el Consejo Parroquial de Ometepec.

Por otro lado, se le hizo llegar a este medio un documento, el cual estaban entregando en las iglesias a los feligreses, con la intención de que no se permita el cambio de párroco en la catedral Santiago Apóstol.

«NUMERALES DEL CÓDIGO DE DERECHO CANONICO QUE SE ESTAN VIOLENTANDO CON LA ARBITRARIA REMOCIÓN DE NUESTRO PÁRROCO, EL PRESBÍTERO MIGUEL ÁNGEL CORTES TORREBLANCA.

521 § 1. Para que alguien pueda ser designado párroco válidamente debe haber recibido el orden sagrado del presbiterado.

§ 2. Debe destacar además por su sana doctrina y probidad moral, estar dotado de celo por las almas y de otras virtudes, y tener las cualidades que se requieren tanto por derecho universal como particular, para la cura de la parroquia de que se trate.

522 El párroco debe tener estabilidad y por tanto debe ser nombrado por tiempo indefinido; sólo puede ser nombrado por el Obispo diocesano para un tiempo determinado, si este modo de proceder ha sido admitido, mediante decreto, por la Conferencia Episcopal.

NOTA: El nombramiento del padre Miguel Ángel Cortés Torreblanca no especifica un tiempo predeterminado para su permanencia en nuestra parroquia.

524 El Obispo diocesano debe encomendar la parroquia que haya quedado vacante a aquel que, ponderadas todas las circunstancias, considere idóneo para desempeñar en ella la cura parroquial, dejando de lado cualquier acepción de personas; para juzgar sobre la idoneidad, oiga al arcipreste y realice las investigaciones oportunas, pidiendo parecer, si el caso lo aconseja, a algunos presbíteros y fieles laicos.

NOTA: La parroquia quedó vacante con el fallecimiento de Monseñor Rafael Cortés Gaspar, recibiendo el encargo de párroco el presbítero Miguel Ángel Cortés Torreblanca, mismo que no ha renunciado y por consiguiente la parroquia no está vacante.

538 § 1. Cesa el párroco en su oficio por la remoción o traslado que haga el Obispo diocesano conforme a la norma del derecho, por renuncia presentada por el párroco con causa justa, que, para su validez, ha de ser aceptada por el Obispo; asimismo por haber transcurrido el tiempo, si, según las prescripciones del derecho particular al que se refiere el c. 522, hubiera sido constituido para un tiempo determinado.

Nota: Hemos preguntado al arzobispo las causas que le obligan a realizar el cambio de nuestro párroco y no nos da ninguna respuesta.

§ 3. Al párroco, una vez cumplidos los setenta y cinco años de edad, se le ruega que presente la renuncia al Obispo diocesano, el cual, ponderando todas las circunstancias de la persona y del lugar, decidirá si debe aceptarla o diferirla; el Obispo diocesano ha de proveer a la conveniente sustentación y vivienda de quien renuncia, teniendo en cuenta las normas establecidas por la Conferencia Episcopal.

Nota: El padre Miguel Ángel no puede renunciar porque no cumple con la edad que establece el numeral anterior».

Cabe mencionar que el conflicto que se está viviendo en la catedral Santiago Apóstol, se inició cuando falleció el párroco Rafael Cortes hace dos años y en esa ocasión el arzobispo pretendía nombrará un sacerdote, pero debido a un grupo de feligreses que intervino se logró la permanencia de Miguel Angel Cortés Torreblanca como párroco de la catedral Santiago Apóstol, sin embargo hace algunos meses se le notifico a Miguel Angel Cortés Torreblanca, que sería cambiado de iglesia y esto originó que un grupo de feligreses se manifestará en Acapulco el pasado 12 de Julio y aunque no fueron atendidos en su momento, días después el arzobispo ratificó su decisión del cambio en una visita que realizó a Ometepec.

Sin embargo, a raíz de esta información se han formado dos grupos, uno de ellos apoya la permanencia de Miguel Angel Cortés Torreblanca como párroco, mientras que el segundo grupo pide el cambio y acepta la llegada de Pedro Torres García como nuevo párroco, esto ha desatado mucha polémica y críticas en redes sociales en donde han publicado hasta amenazas.