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Se van sin sanciones diputados que alteraron la Ley de Seguridad Pública

*En abril de 2022 alteraron artículo transitorio de reformas aprobadas por el pleno de diputados

*Tampoco se aplicó la ley por el derribo arbitrario y sin dictamen del edificio de la biblioteca del Congreso local

MARCIAL CAMPUZANO
CHILPANCINGO, GRO.

A 4 días de que concluya sus funciones la 63 Legislatura local, la Comisión Especial de diputados creada para investigar la alteración de las reformas hechas a la Ley de Seguridad Pública del estado, no ha sancionado a los legisladores que en abril de 2022 incurrieron en esa grave irregularidad, ni mucho menos ha dado a conocer los nombres a pesar de que incurrieron en una grave falta inédita en la historia del Poder Legislativo.

Además, los 46 diputados que concluirán sus funciones el próximo 31 de agosto, tampoco han fincado responsabilidades por la arbitraria e indebida demolición del edificio de la biblioteca “Siervo de la Nación” del Congreso local, que a casi 3 años de haber sido derribada su reconstrucción lleva un avance no mayor del 30 por ciento, con visos de que los trabajos continúen suspendidos.

El coordinador de la fracción parlamentaria priista del Congreso local Héctor Apreza Patrón, recordó que tan pronto fue descubierta la alteración de un aspecto central de las reformas hechas a la Ley de Seguridad Pública del estado, fue creada una Comisión Especial que se encargó de “investigar” para saber quién o quiénes alteraron el texto del artículo transitorio aprobado por los diputados para sancionarlos.

Como antecedentes se cita que el 12 de abril de 2022, el pleno de la 63 Legislatura local aprobó reformas a la Ley de Seguridad Pública del estado, que tienen que ver con la seguridad comunitaria que por usos y costumbres aplican los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas en Guerrero.

Una vez aprobada, el texto fue enviado al Poder Ejecutivo para ser publicado en el Periódico Oficial lo cual ocurrió, pero se detectó que el texto del artículo transitorio que es esencial fue alterado.

Fue el diputado perredista Bernardo Ortega quien detectó la alteración del texto, quien en lo inmediato lo hizo público exigiendo que se abriera una investigación para sancionar al o a los responsables.

El 3 de mayo del mismo año la Junta de Coordinación Política presidida por el diputado morenista Alfredo Sánchez Esquivel, determinó proponer al pleno la creación de una Comisión Especial para investigar la alteración de la Ley de Seguridad Pública.

El texto del artículo transitorio alterado y publicado en el Periódico Oficial del gobierno del estado señalaba:

«Lo dispuesto en los artículos 1, fracción II, 8, fracción IV, 17, fracción XXIV, el artículo 30, fracción VIII, de la presente Ley, no entrarán en vigor hasta que concluya la consulta mandatada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de Inconstitucionalidad 81/2018, y en su caso el Congreso deberá realizar las reformas o adiciones necesarias a estos artículos a partir de lo establecido por los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas en dicho proceso de consulta”.

Mientras que el texto que fue aprobado por las y los diputados de la 63 Legislatura, establece: «Lo dispuesto en el artículo 30, fracción VIII de la presente Ley, surtirá sus efectos una vez aprobados los Decretos que contengan las reformas y adiciones al Artículo 14 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero, y a la Ley número 701 de Reconocimiento, Derechos y Cultura de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado de Guerrero, ambas en materia de Seguridad Comunitaria”.

A través de un comunicado, en su oportunidad el gobierno del estado se deslindó de la alteración del texto. Dio cuenta que con fecha 12 de abril de 2022 recibió por parte del Poder Legislativo, la Ley número 179 del Sistema de Seguridad Pública del estado aprobada en sesión celebrada esa misma fecha, junto con la solicitud para ser publicada en la edición más próxima del Periódico Oficial del gobierno del estado.

Dio a conocer a la opinión pública que el Artículo 91 de la Constitución Política del estado, en su fracción II dispone que es atribución del titular del Poder Ejecutivo ordenar la promulgación y publicación de las leyes y decretos que expida el Congreso del estado en los plazos dispuestos en la ley. En su fracción VII concede al titular del Poder Ejecutivo la atribución de realizar observaciones dentro del término de 10 días hábiles siguientes al de su recepción, a las leyes y decretos aprobados por el Congreso del estado.

Al respecto aclaró que no se realizaron observaciones a la ley, y que apegado al marco jurídico aplicable, en la edición extraordinaria de fecha 14 de abril de 2022 fue publicada tal como se recibió sin alterar el contenido de la Ley número 179 del Sistema de Seguridad Pública del estado.

Además, a 4 días de que termine sus funciones la 63 Legislatura, el Congreso tampoco ha sancionado a quien ordenó la demolición del edificio que albergaba la biblioteca “Sentimientos de la Nación”, no obstante que la Auditoría Superior de la Federación hizo observaciones por la aplicación no justificada de más de 10 millones de pesos, que según fueron empleados para derribar el inmueble porque se adoleció de un dictamen de Protección Civil.

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