* Cecilia Andraca García difundió sesenta y cuatro publicaciones donde aparecen menores de edad
* Por haber usado imágenes de niños, Cecilia Andraca García, tendrá que pagar una multa de 5 mil 428.50 pesos, equivalente a 50 Unidades de Medida y Actualización (UMAS)
REDACCIÓN
CUAUTEPEC, GRO.
Por unanimidad de votos, los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero (TEEGro), por el uso de imágenes de niños para promover el voto a su favor, determinaron sancionar a la candidata del Morena para la presidencia municipal de Cuautepec, Cecilia Andraca García.
La multa por tal delito en contra del derecho de los niños y de los jóvenes, asciende a 5 mil 428.50 pesos, equivalente a 50 Unidades de Medida y Actualización (UMAS).
La denuncia, contenida en el expediente TEE/PES/060/2024, fue interpuesta por Primitivo Sugía Ramírez, en contra de Cecilia Andraca García; por conductas que vulneran el interés superior de la niñez.
El proyecto de resolución fue propuesto por la magistrada presidenta el TEEGro, Evelyn Rodríguez Xinol, quien propuso declarar existente la infracción objeto de denuncia ya que el denunciante logró demostrar que la denunciada, en su calidad de candidata a la Presidencia Municipal de Cuautepec, Guerrero, por el partido Morena, realizó diversas publicaciones en su perfil de Facebook “Cecilia Andraca García” acompañada de simpatizantes, niñas y niños, promoviendo el voto, sin aprobación de los padres o tutores que ejerzan la patria potestad de los menores, para utilizar sus imágenes frente a otras personas con fines políticos.
En el proyecto se determina que las publicaciones denunciadas constituyen propaganda electoral porque se realizó en el marco de la etapa de campaña del proceso electoral local ordinario 2023-2024 para renovar, entre otros cargos, a los integrantes de los ayuntamientos del Estado, razón por la cual resultan aplicables los respectivos lineamientos.
En ese sentido, en cuanto a la aparición de niñas y niños, se actualiza la infracción de mérito ya que en las imágenes y videos correspondientes a los sesenta y cuatro links fedatados, aparecen menores de edad reconocibles y/o identificables parcialmente en las imágenes, así como en los videos, porque la denunciada no difuminó sus imágenes a fin de salvaguardar el interés superior de la niñez y adolescentes.
Por tanto, una vez acreditada la infracción y su imputación, calificada la falta e individualizada la sanción, se estimó proporcional, justo y adecuado, imponer una multa a la denunciada, misma que asciende a 5 mil 428.50 pesos, equivalente a 50 Unidades de Medida y Actualización (UMAS).
Finalmente, los magistrados resolvieron que, “se vincula al personal de la Dirección Ejecutiva de Administración del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) del Estado de Guerrero, para el cobro de la multa impuesta.