Invalida SCJN Ley sobre el autismo en Guerrero

KARLA GALARCE SOSA
QUADRATÍN GUERRERO

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el decreto de expedición de la Ley 832 para la Atención, Inclusión y Protección a Personas con la Condición de Espectro Autista de esta entidad, publicado en la edición del nueve de agosto de 2024 del Diario Oficial del Estado de Guerrero.

El fallo se estableció ante la demanda de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) que consideró que dicho decreto de ley limitaba el acceso de las personas con espectro autista a los sistemas de apoyos de las secretarías de Educación y Salud de Guerrero y, por vulnerar el derecho a elegir atendiendo a sus intereses y necesidades.

El pleno indicó que en el procedimiento legislativo que siguió la ley aprobada por el Congreso de Guerrero, no se cumplieron los estándares contemplados en el artículo 4.3 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Asimismo no comprobó la emisión de una convocatoria abierta, pública, incluyente y accesible de manera que las personas con condición de espectro autista hubieran podido participar de manera significativa.

En un comunicado la SCJN especificó que la CNDH demandó de manera específica la invalidez del artículo nueve, fracción tercera pues consideró que limitaba el acceso de las personas con espectro autista a los sistemas de apoyos establecidos por las dependencias estatales.

Añade que en el procedimiento legislativo que siguió la Ley número 832 hubo acciones tendentes a consultar a las personas con discapacidad en el Estado de Guerrero, pero incumplió los estándares contemplados en el artículo 4.3 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

“La Comisión Nacional de los Derechos Humanos demandó de manera específica la invalidez del artículo nueve, fracción tres, en su porción normativa “que establezcan la Secretaría de Salud en coordinación con la Secretaría de Educación del Estado y las áreas correspondientes de salud de los municipios”, al considerar que limitaba el acceso de las personas con espectro autista a los sistemas de apoyos que sean establecidos por algunas autoridades de la entidad, por vulnerar el derecho a elegir atendiendo a sus intereses y necesidades”, indicó el texto.

Precisó que surtirá sus efectos a los doce meses siguientes de la notificación de los puntos resolutivos al congreso de Guerrero.

Además, vinculó al legislativo local para que dentro de ese plazo cumpla con la consulta y se emita la legislación correspondiente.