Buscan fortalecer marco jurídico contra violencia familiar

BOLETÍN / CONGRESO
CHILPANCINGO, GRO.

La diputada, Luissana Ramos Pineda (Morena), propuso adicionar el Código Penal del Estado para fortalecer el marco legal en materia de violencia familiar, reconociendo todas sus formas: física, psicoemocional, sexual, económica, patrimonial y contra los derechos reproductivos, ampliando el concepto de relación familiar y de hecho, e incorporando sanciones más severas, medidas de protección y tratamientos especializados para personas agresoras, estableciendo de manera específica y ampliada a los sujetos activos del delito, con el objetivo de garantizar a las víctimas, principalmente mujeres, el derecho humano a vivir libres de violencia.

En su propuesta de adición y modificación del delito de violencia familiar y violencia familiar equiparada contemplada en los artículos 198 y 200 del Código Penal del Estado, la diputada expresa que las violencias contra las mujeres, niñas y adolescentes, es una forma de discriminación que les impide disfrutar de derechos y libertades en igualdad de condiciones con los hombres.

 Dijo que las conductas violentas entre los miembros de la familia, principalmente contra mujeres, tienen que ser limitadas y sancionadas por el Estado, ya que provoca consecuencias graves como depresión, trastornos de estrés postraumático, de personalidad, ansiedad, uso de sustancias ilegales, del sueño, alimentación y hasta suicidio.

Por ello, “en el ámbito de justicia a través de las resoluciones judiciales se debe visibilizar y sancionar la violencia familiar reconociéndola como una de las más graves violaciones a la dignidad y a los derechos humanos, y por ende como uno de los más grandes obstáculos para el desarrollo humano”.

En ese sentido, propone que, quien por acción u omisión ejerza cualquier tipo de violencia física, psicoemocional, sexual, económica, patrimonial o contra los derechos reproductivos, que ocurra o haya ocurrido dentro o fuera del domicilio o lugar que habite, en contra del o la cónyuge, excónyuge, concubina, exconcubina, el concubinario, exconcubinario; el pariente consanguíneo en línea recta ascendente o descendente sin límite de grado, el pariente colateral consanguíneo o afín hasta el cuarto grado; el adoptante o adoptado; el incapaz sobre el que se es tutor o curador; y la persona con la que se haya constituido sociedad en convivencia se le impondrá de uno a seis años de prisión.

Además, la pérdida de los derechos que tenga respecto de la víctima, incluidos los de carácter sucesorio, patria potestad, tutela y alimentos, se decretarán las medidas de protección conforme a lo establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y se sujetará al agente a tratamiento especializado para personas agresoras de violencia familiar.

También se equipara a la violencia familiar y se sancionará con las mismas penas y medidas de seguridad, al que realice cualquiera de los actos señalados en contra de la persona que esté sujeta a su custodia, guarda, protección, educación, instrucción o cuidado o con quien tenga una relación de hecho o la haya tenido en un período hasta de dos años antes de la comisión del acto u omisión.

Se entenderá por relación de hecho la que exista entre quienes mantengan una relación de pareja, aunque no vivan en el mismo domicilio; se encuentren unidos por vínculos de padrinazgo o madrinazgo; se incorporen a un núcleo familiar aunque no tengan parentesco con ninguno de sus integrantes; tengan relación con los hijos de su pareja, y a la vez ellos con la pareja de alguno de sus progenitores.

La iniciativa se turnó a la Comisión de Justicia.

Acuerdos

La diputada Violeta Martínez Pacheco (Morena) presentó un punto de acuerdo para exhortar al Poder Judicial del Estado a generar guardias de trabajo en días y horas inhábiles, en juzgados de primera instancia, en materias Familiar, Civil y/o Mixto, que conozcan y resuelvan asuntos familiares (alimentos, convivencia y violencia familiar), con las facultades para resolver casos de urgencia, garantizando de esa manera el acceso a la justicia, sin importar que el día y momento cuando ocurra la necesidad del ciudadano sea hábil o no. Fue turnado a la Comisión de Justicia.