Deudores alimentarios podrían no ser candidatos a cargos de elección popular

*De momento la iniciativa está impugnada, dijo el legislador priísta Rafael Navarrete Quesada

*Aspirantes a cargos como síndicos, regidores, presidentes municipales y hasta gobernador, deberán cumplir con esa responsabilidad de mantener a sus hijos

*Tampoco podrán vender ninguna propiedad a menos que se estipule que el recurso que se utilice de esa venta sea para la pensión de sus hijos

ROSARIO GARCÍA OROZCO
SNI/CHILPANCINGO, GRO.

No estar en el padrón de deudores alimentarios podría ser requisito para ser candidato a cargos de elección popular, informó el diputado Rafael Navarrete Quezada.

Dijo que los aspirantes a cargos como síndicos, regidores, presidentes municipales y hasta gobernador, deberán cumplir con esa responsabilidad de mantener a sus hijos, como una muestra de probidad ante la sociedad, pero sobre todo como una evidencia de responsabilidad.

Agregó que tiene conocimiento de que hay un Instituto político, aunque dijo desconocer de qué partido se trata, que impugnó esa iniciativa y aún no se puede aplicar, pero explicó que están a la espera de que se resuelva y confió en que continúe como fue presentada la iniciativa, «y es que los derechos políticos no pueden estar por encima del derecho a la alimentación de los niños».

Mencionó que forma parte de la iniciativa que presentó ante el Congreso del Estado, y que busca proteger el bien superior de los niños a la alimentación, «y es que en ocasiones cuando terminan las relaciones de pareja los más afectados son los hijos, porque en varias ocasiones los padres se desentienden de lo básico, que es la manutención de los menores».

De tal manera que aparecerán en un padrón quienes no cumplan con la obligación de sostener a sus hijos, listado que podrán revisar en otros estados, de tal manera que no podrán vender ninguna propiedad a menos que se estipule que el recurso que se utilice de esa venta sea para la pensión de sus hijos.

De la misma forma, se solicitará en el Registro Civil, como requisito para casarse, que presenten la constancia de no adscripción al padrón de deudores alimentarios, «no les impide casarse, pero sí que la persona con la que van a contraer matrimonio esté consciente de que es desobligado con sus hijos», explicó el legislador priista.